REGISTRO MERCANTIL: DEPÓSITO DE CUENTAS ANUALES.

Solicitado por una sociedad de responsabilidad limitada el depósito de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2023, el registrador Mercantil lo rechaza por tres motivos de los que el recurrente solo combate el segundo, relativo a la existencia del cierre registral ordenado de conformidad con la disposición adicional sexta de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Como ya afirmara la Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 9 de abril de 2024, en un supuesto esencialmente idéntico al presente, el objeto de este recurso se ciñe a determinar si la nota de calificación que rechaza el depósito de las cuentas anuales de la sociedad es ajustada a derecho o no.

Con carácter previo es preciso analizar la alegación relativa a la falta de motivación de la nota de calificación que imputa el escrito de recurso tanto porque no hace referencia a los particulares del mandamiento de la Agencia Tributaria como a los de la nota marginal que impide el depósito solicitado.

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