Presentadas a depósito las cuentas anuales de una sociedad de responsabilidad limitada correspondientes al ejercicio 2023, son objeto de calificación negativa por falta de depósito de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2022 (que ha dado lugar a otro expediente de recurso y a la consecuente resolución de esta Dirección General), y porque: «La declaración de identificación del titular real aportada no está extendida en el modelo normalizado aprobado por la Orden JUS/616/2022, de 30 de junio, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación».
La sociedad que solicita el depósito no combate el primer defecto (que ha dado lugar a otro expediente de recurso), y recurre la calificación del segundo, pero no lo hace en base a la calificación expresada más arriba sino en función de las comunicaciones, que al decir del escrito de recurso (con justificación documental), ha mantenido con posterioridad a aquella con el Registro Mercantil y que se refieren a la cumplimentación del correspondiente modelo.
El registrador Mercantil justifica su calificación y motiva el rechazo al depósito en el informe que integra el expediente.
Suscríbete para seguir leyendo
Suscríbete para obtener acceso al contenido íntegro de esta entrada y demás contenido exclusivo para suscriptores.
