REGISTRO DE BIENES MUEBLES. CANCELACIÓN.

Del Registro de Bienes Muebles resulta que en fecha 18 de octubre de 2005 se practicó la inscripción número 1 de determinado vehículo cuyo dominio consta inscrito a nombre de «Banco de Galicia, SA». De la misma inscripción resulta el derecho de leasing y de opción de compra a favor de don F. X. A. T.

Ahora se presenta en el Registro de Bienes Muebles un documento manuscrito en el que el interesado afirma que habiéndose satisfecho el precio del arrendamiento procede que se haga constar la inexistencia de deudas.

La registradora de Bienes Muebles suspende la inscripción solicitada porque resultando del Registro el dominio a favor de una entidad de crédito, es preciso aportar, o bien documento en el que ésta solicite la cancelación de su derecho, o bien resolución judicial que así lo ordene. El interesado recurre en los términos expuestos en los «Hechos».

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